Coches del Cuerpo Nacional de Policía. EFE/Mariscal

Ingresa en prisión provisional el presunto autor de la muerte de un pakistaní en Jaén

Jaén, (EFE).- El Juzgado de Instrucción 3 de Jaén ha acordado la prisión provisional comunicada sin fianza de José Francisco R. E. , como presunto autor de la muerte de un pakistaní en el establecimiento que regentaba en la Plaza de la Magdalena de Jaén.

El auto de prisión provisional ha establecido esta medida cautelar al considerar la existencia de indicios racionales de la comisión de la acción delictiva.

Así se deduce de las diligencias de investigación practicadas hasta la fecha, que el día 29 de junio de 2025 por la tarde en la plaza de la Magdalena de Jaén, cuando José Francisco R. E. entró en el establecimiento ‘786 MAS’ regentado por Muhammad M. S. y tuvo una discusión con éste y lo acometió quitándole la vida mediante arma blanca en el cuello.

Se han tenido en cuenta la declaraciones testificales de J. V. H. que vio la agresión y E. E. R. que vio al autor huyendo a la carrera, y de Z. G. C. pareja del investigado que al ver el estado que tenía cuando regresó a la casa el día de los hechos lo duchó, y entregó a la Policía ropa que coinciden con la que llevaba el autor según declaraciones testificales y grabaciones de cámaras del lugar de los hechos.

Riesgo de fuga

El presunto autor de la acción delictiva, José Francisco R. E., ha reconocido los hechos en sede policial, donde se ha presentado voluntariamente, aunque no ha querido responder a las preguntas de Juez y Fiscal acogiéndose a su derecho constitucional.

“Lo cierto es que no ha negado su participación en los hechos, no ha realizado versión exculpatoria, y lo que se ha pretendido es exponer una versión de haber actuado bajo los efectos del consumo de sustancias y tener problemas médicos” recoge el auto judicial, siendo las evidencias de delito claras sin posible versión exculpatoria.

A la luz de los hechos probados, el juzgado ha acordado la prisión provisional, comunicada sin fianza, de José Francisco R. E. al cumplir el requisito de imputación, y riesgo de fuga, dadas las penas de prisión a que se enfrenta el investigado, que oscilan de 10 a 15 años si los hechos constituyen un delito de homicidio, o de 15 a 25 años, si constituyera delito de asesinato por apreciarse alevosía.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de Reforma, ante este Juzgado, en el plazo de tres días desde su notificación y, asimismo, recurso de Apelación, bien directamente en el plazo de cinco días desde su notificación, bien subsidiariamente junto con el de reforma para el caso de que este último no fuera estimado. EFE