San Sebastián, 25 nov (EFE).- El acusado de matar a la joven donostiarra Aintzane Pujana ha sido condenado a prisión permanente revisable como autor de un delito de asesinato hiperagravado, así como a penas que suman seis años de cárcel como autor de un delito de inducción a la prostitución y de otro delito de detención ilegal.
Se trata de la primera ocasión en la que un acusado recibe una condena a prisión permanente revisable en Gipuzkoa.
Aintzane Pujana
La otra coacusada, autora material confesa de las puñaladas que acabaron con la vida de Pujana, ha recibido una pena de 10 años de prisión, tras pasar no más de 20 años en un centro psiquiátrico de régimen cerrado, y otros 10 de libertad vigilada con tratamiento psiquiátrico ambulatorio una vez excarcelada.
La sentencia de la Audiencia de Gipuzkoa, a la que ha tenido acceso EFE, le aplica la eximente incompleta de alteración psíquica y la atenuante de confesión.

La sentencia del caso remonta la secuencia del crimen a la tarde del 1 de enero de 2021. Aquel día los dos coacusados se encontraban en el agroturismo de Aizarnazabal (Gipuzkoa) en el que convivían con Pujana. Desde allí se trasladaron en coche a Azpeitia. En este lugar pretendían que la víctima, que ejercía la prostitución «gestionada» por el varón como «proxeneta», prestara «un servicio» de esta índole.
No obstante, Pujana finalmente se negó a ello, por lo que el inculpado le quitó los teléfonos móviles que llevaba y la dejó encerrada dentro del vehículo junto a la otra procesada, para más tarde reiniciar desde Azpeitia el camino de vuelta al agroturismo.
Prisión permanente revisable
En un momento dado, el varón abandonó la carretera y se dirigió a una pista forestal, donde los dos inculpados sacaron a su víctima «a la fuerza» del automóvil y el hombre ordenó a la otra acusada que la golpeara en la cara. Un golpe que rompió la nariz de Pujana, quien también sufrió heridas en los brazos en sus intentos de defenderse.
Seguidamente, montaron todos de nuevo en el coche para volver al agroturismo, donde «colocaron bridas» a Aintzane en una muñeca y, «para evitar que les denunciara por estos hechos», el hombre ordenó a la coacusada que «cogiera un cuchillo» de unos 13 centímetros de longitud con el que la agresora «asestó varias puñaladas» en el cuerpo a la víctima, quien se encontraba «semiinconsciente a consecuencia del sangrado» provocado por la fractura nasal y «la ingesta de alcohol y ansiolíticos».
Heridas de arma blanca
La sentencia detalla que «una de las heridas de arma blanca afectó a la arteria aorta abdominal de la agredida, lo que le provocó un shock hipovolémico» por pérdida de sangre, «una parada cardiorrespiratoria y la muerte».
«Conscientes de que habían causado la muerte a Aintzane Pujana -prosigue el texto judicial- trataron de deshacerse de su ropa y de su perro», momento en el que los interceptó una patrulla de la Ertzaintza.

Según relataron varios testigos durante el juicio, en aquel momento a la Policía Vasca sospechó del vehículo de los encausados. Lo hizo porque aún estaban vigentes las restricciones por la pandemia de la covid-19. El episodio se saldó con el traslado del coche por una grúa a un taller y la entrega del perro al exnovio de Pujana. Días más tarde, la Ertzaintza detuvo a los autores del crimen.
Unas horas después de este incidente, los procesados compraron diversos productos y limpiaron tanto el lugar de los hechos como el vehículo en el que habían trasladado a Pujana, de cuyo cuerpo se deshicieron en un paraje forestal de Aizarnazabal en el que fue descubierto el 4 de enero.
Trastorno estructural
La sentencia aprecia en la mujer condenada por este crimen un «trastorno estructural de origen perinatal, que al llegar a la mayoría de edad fue diagnosticado como trastorno límite o ‘borderline’ o por inestabilidad emocional» y un «trastorno límite de personalidad clúster B de tipo impulsivo» que «se agrava por el consumo perjudicial de múltiples sustancias estupefacientes de larga duración».

Una dolencia que, según la resolución, «anulaba notablemente la capacidad volitiva» de esta mujer cuando ocurrieron los hechos, aunque «manteniendo sus capacidades intelectivas».
Confesión ante un ertzaina
El texto judicial reconoce por otra parte que, al ser detenida, la inculpada confesó a un agente de la Ertzaintza lo ocurrido. Esto resultó luego «relevante para la investigación».
A pesar de que la autora material de las puñaladas es la acusada, la sentencia declara responsables del crimen a ambos imputados. Lo hace porque los dos «tenían el dominio funcional del hecho, tanto el ejecutor material como el autor mediato».
Esta sentencia no es firme y cabe recurso ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. EFE